"Negabilidad plausible". Ese principio para evitar la responsabilidad funcionaba tan bien en la era de la navegación a vela como lo hace hoy en día. La única diferencia –tan delgada como el filo de un sable– entre un pirata y un corsario era tener un pedazo de papel, una patente de corso concedida por un soberano. Las corsarias eran naves de propiedad privada (desde simples corbetas a bergantines y carabelas) a las que un gobierno había encargado "procurarse las compensaciones para la corona por delitos específicos [cometidos por otras naciones] en tiempos de paz"... o atacar los cargamentos enemigos durante la guerra. Después de que la corona se llevara su parte del botín de los ataques corsarios, el resto –la parte más grande– se destinaba al dueño del barco y a su tripulación. Dado que, en la época colonial, prácticamente todo el mundo en Europa tenía motivos de queja contra los españoles, los siglos XVII y XVIII marcaron el apogeo del corso, en especial de manos de aquellos lobos de mar ingleses consentidos por Isabel I y de los corsarios protestantes franceses (que atacaban a casi todo el mundo).